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Proponen bajar costo de copias de $4.95 a $0.49 Reconoce que se restringe el derecho de acceso a la información pública Por J. Victoriano Martínez G / Octubre 22, 2008. "No se justifica de ninguna manera la disposición del artículo 92 Fracción IV de la Ley de Hacienda del Estado, pues resulta restrictiva y hace nugatorio el derecho de acceso a la información garantizado constitucionalmente y confirmado en la Ley de Transparencia", argumento Guadalupe Castro Almanza, diputada perredista, en una iniciativa de reformas a esa disposición legal. La legisladora presentó la iniciativa el 22 de septiembre, en la que propone que la tarifa para las copias simples se establezca en 0.01 por ciento del salario mínimo diario vigente en el Estado, que equivale a 0.495 pesos, y ya no se aplique la tarifa de 0.1 por ciento, que equivale a 4.95 pesos. De aprobarse esta iniciativa, el costo de las copias simples bajaría de casi cinco pesos a prácticamente 50 centavos. En la exposición de motivos de su iniciativa, Castro Almanza califica de excesiva, absurda e irrazonable la tarifa que los entes obligados aplican a las copias simples. "Es lógico suponer que tal precio, por excesivo, absurdo y irrazonable, inhiba al gobernado a exigir, como tiene derecho, el suministro de copias que reproducen información solicitada, por importante que este pueda resultar, restringiendo el acceso equitativo, expedito y democrático a la información que es lo que busca garantizar la Ley de Transparencia", argumenta. La aplicación de la fracción IV del artículo 92 de la Ley de Hacienda del Estado fue considerada por la CEGAIP como ilegal, al considerar, en la resolución de la queja 418/2008-1, que se trata de una disposición derogada al oponerse a lo que establece la fracción I del artículo 67 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, que señala que las copias simples deben cobrarse al precio del mercado. En su iniciativa, Castro expone que el costo corriente para una copia fotostátiva en el mercado fluctúa de los 40 centavos a un peso, lo que vuelve desmesurado el cobro que hacen los entes obligados para proporcionar información pública a quien la solicita. "La intención de este Congreso que integramos fue facilitar verdaderamente el acceso a los gobernados pidiéndoles exclusivamente que cubran el costo de las copias o reproducciones en el mínimo precio acostumbrado en la plaza, para garantizarles apertura y transparencia; lo contrario representaría un doble discurso; pues un Ordenamiento facilitaría mientras otro lo impide", advierte la legisladora. El argumento parece rescatar el artículo Décimo Tercero Transitorio del Decreto 234, mediante el que se aprobó la nueva Ley de Transparencia y que dice: "Se derogan todas aquellas disposiciones en leyes, reglamentos u ordenamientos legales, de igual, o menor jerarquía a esta Ley, que se le opongan". No obstante, la iniciativa en sí es un reconocimiento tácito de que la diposición de la Ley de Hacienda sigue vigente y por ello requiere modificarse. La iniciativa de Castro Almanza incluye dos artículos transitorios: el primero anuncia que la reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado; el segundo, dice textualmente: "Queda derogada cualquier dispocisión en contrario en éste o en otros ordenamientos estatales o municipales de la Entidad".
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VISOR DE TRANSPARENCIA 6as Jornadas de Acceso a la Información Pública 2008 Lista obtenida a través de solicitudes de información
Lista obtenida a través de solicitudes de información
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