Las reglas del juego para el 2015
Primera parte
Por Eduardo Martínez Benavente
Después de 22 años de que se aprobó la ciudadanización de los organismos electorales somos testigos de las resistencias que existen para limpiar de vicios e injerencias nocivas a las instituciones responsables de organizar los procesos electorales, pues sus integrantes responden a la repartición de un sistema de cuotas entre los principales partidos políticos y a los intereses de los gobernadores; por lo que resulta esperanzador que de ahora en adelante sea una instancia autónoma y federal, como el Instituto Nacional Electoral (INE), la encargada de designar a los consejeros ciudadanos del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana y no el Congreso del Estado; y no porque el INE vaya a ser una institución incorruptible e imparcial, sino porque será más cuidadoso en los nombramientos que otorgue y con muy poco interés o ninguno en los asuntos políticos que ocurren en San Luis, pues somos una entidad insignificante y con muy poco peso político a nivel nacional como para preocuparles.
Creo también que si el PAN no se equivoca de candidato a la gubernatura del estado, no se fracciona y aprovecha la desastrosa imagen que proyecta la administración de Fernando Toranzo por su desempeño; puede recuperar esa posición que perdió hace cinco años por la soberbia y errores en que incurrió Alejandro Zapata. Creo que el único panista que puede derrotar al PRI con estas condiciones es Octavio Pedroza, y no porque sea una eminencia política o un exitoso emprendedor, sino porque es el menos malo de los aspirantes de ese partido, y además porque como candidato a senador ganó una elección en el estado. Es más, no me extrañaría que pudiera contender como abanderado de una coalición formada por el PRD y el blanquiazul. La mediocridad de los priistas que se apuntan para ocupar ese cargo es otro factor para la derrota. Ninguno sobresale, independientemente de que en una negociación entre el PAN y el PRI, éste, para no levantarse con «el carro completo» en el 2015 y seguir jugando a la democracia, se podría comprometer a ceder dos o tres gubernaturas absteniéndose de utilizar recursos humanos y económicos ilegales para comprar el voto ciudadano en esas entidades. Ninguno de los aspirantes del PRI vale una misa y son cómodamente canjeables.
Otra reforma electoral a nivel federal que se aplicará para cualquier elección y que debemos aplaudir se deriva del descrédito en el que cayeron los resultados electorales, pues en lo sucesivo será causal de nulidad el hecho de que alguien «adquiera» bajo cualquier concepto cobertura informativa o tiempos de radio y televisión para favorecer a un candidato. Este término había sido eliminado por los diputados en la reciente reforma político electoral en la que sólo habían dejado la palabra «compre», que entrañaba una circunstancia difícil de comprobar. La aplicación de esta reforma que acaba de aprobar el Senado seguramente contribuirá a darle equidad a las contiendas y a dificultar la creación de candidatos vacíos que la radio y televisión proyectan como súper hombres a cambio de poder y dinero. En el ámbito nacional tenemos el ejemplo de Peña Nieto; en el local, los soledenses a Ricardo Gallardo y los de la capital potosina a Mario García Valdez. Sólo falta que nuestras timoratas autoridades se atrevan a aplicar las sanciones.
Las reformas y adiciones a la Constitución del Estado que se aprobaron este jueves revisten una especial importancia para el destino de San Luis Potosí porque permiten la reelección de los diputados hasta por tres períodos consecutivos y el de los presidentes municipales, regidores y síndicos por otros tres años. Esto quiere decir que los que resulten electos el primer domingo de junio del próximo año podrían, en el primer caso, permanecer en sus cargos ininterrumpidamente hasta septiembre de 2027, y los segundos hasta octubre de 2021. Los ciudadanos corremos un enorme riesgo de que funcionarios ineptos y corruptos se eternicen en sus puestos porque a más de un diputado o presidente municipal, con la influencia política y recursos con que cuentan, no se les dificultará manipular a los electores y hacerse de una clientela que les asegure ganar las siguientes elecciones, además de que a sus contendientes les llevarán una ventaja difícil de superar. Sólo en los países cultos y democráticos se puede justificar la reelección de sus autoridades.
Con la reforma al artículo 138 de la Constitución Política del Estado, aprobada en la sesión del 22 de septiembre de 2011, ya no es necesario que los ayuntamientos se pronuncien a favor o en contra de las adiciones y reformas constitucionales cuando son ordenadas por la Constitución General de la República y deban constar en la Constitución del Estado, pues hasta antes de la reforma se requería para que éstas surtieran efectos, además del voto, cuando menos, de las dos terceras partes de los diputados, el de la mayoría de los ayuntamientos del estado. En esta ocasión les bastó con el voto de más de las dos terceras partes de la Legislatura estatal para que las reformas político electorales que se acaban de aprobar se integraran a la Constitución del Estado. Es cierto que el trámite legislativo era ocioso, pues no recuerdo que alguno hubiera votado en contra de alguno de los dictámenes que recibía, o que por lo menos hubiera argumentado motivos para oponerse o abstenerse, aunque era muy común que por su falta de interés se entretuvieran meses en aprobarlos o simplemente no contestaban los oficios, no obstante que el Congreso del Estado les proporcionaba el texto del acta que había de aprobar en una sesión de cabildo. Creo que algunas de las adicionas y reformas aprobadas esta semana, que se analizarán en las siguientes entregas, no tienen concordancia con las reformas y adiciones que sufrió la Constitución federal, por lo que sería obligatorio someterlas a la aprobación de la mayoría de los ayuntamientos, que de acuerdo a la reforma ocurrida en el 2011 tendrían un plazo no mayor de tres meses para aprobarlas o rechazarlas, pues de no pronunciarse en ese término sus integrantes serían sujetos de responsabilidad administrativas.