CEGAIP: comisionados violan la Ley en 433 ocasiones en 11 meses
Por José Victoriano Martínez Guzmán
La Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) está muy lejos de ser un verdadero garante de ese derecho: entre diciembre de 2022 y octubre de 2023 violó la Ley de transparencia en 238 resoluciones de recursos de revisión y también lo hizo en otros 195 casos iniciados en ese mismo periodo que dejó sin resolver.
En diciembre de 2022 entró en vigor la adición del artículo 169 Bis a la Ley de Transparencia estatal para eliminar la discrecionalidad en la admisión de los recursos de revisión por parte de la CEGAIP y obligarla a admitirlos dentro de los tres días posteriores a su presentación, y a partir de ésta estableció el plazo obligatorio para la resolución.
“La CEGAIP resolverá el recurso de revisión en un plazo que no podrá exceder de treinta días, contados a partir de la admisión del mismo, en los términos que establezca la ley respectiva, plazo que podrá ampliarse por una sola vez y hasta por un periodo de veinte días, señala el artículo 170 de la Ley.
De diciembre de 2022 a octubre de 2023, los primeros 11 meses de vigencia del artículo adicionado, la CEGAIP recibió un total de mil 453 recursos de revisión, según la respuesta proporcionada por los tres comisionados a la solicitud de información 240477324000107, vía la Plataforma Nacional de Transparencia.
David Menchaca Zúñiga, comisionado de la Ponencia 1, reportó haber recibido 486 recursos de revisión; José Alfredo Solís Ramírez, de la Ponencia 2, recibió 485, y Ana Cristina García Nales, de la Ponencia 3, reportó 482.
Del total de los recursos de revisión que recibieron, reportaron como resueltos mil 254, en 192 no señalan fecha de resolución, sólo en tres casos mencionan que se encuentra en trámite y en el resto presentan situaciones atípicas: dos fueron resueltos 200 días hábiles antes de que se iniciara el trámite y otros dos no señalan inicio, pero sí fecha en la que fueron resueltos.
De los mil 254 recursos de revisión resueltos, sólo en 518 aprobaron la resolución dentro de los primeros 30 días hábiles que marca la Ley, en 498 recurrieron a la única prórroga de 20 días hábiles más permitida por la Ley y en los 238 restantes incumplieron con el artículo 170 de la Ley. Consulte en la siguiente imagen interactiva la forma en que resolvió cada comisionado.
A las 238 violaciones al artículo 170 de la Ley se deben sumar los 195 casos en los que no se reportan resoluciones sobre recursos de revisión recibidos durante ese periodo, de los cuales 154 aparecen sin fecha de inicio ni fecha de resolución, lo que deja en duda si no contar con la primera fecha podría o no significar que no fueron admitidos, pues tienen número de expedite.
Alfredo Solís, quien más viola la Ley
José Alfredo Solís Ramírez reportó haber atendido 485 recursos de revisión en los 11 meses, de los cuales resolvió 410, dejó pendientes 71 y los cuatro restantes los presenta con datos inconsistentes.
Solís Ramírez es el comisionado que incurre en el mayor número de violaciones a la Ley con 122 casos resueltos después de más de 50 días hábiles. Además, reportó 71 casos sin fecha de resolución que se sumarían al incumplimiento de la Ley, de los cuales 53 no tienen fecha de inicio y 18 sí. Habría incumplido la ley en 193 casos.
Entre los 18 casos con fecha de inicio, el más antiguo es del 18 de enero de 2023, por lo que a la fecha (22 de abril de 2024) lleva 280 días hábiles, es decir, debió quedar resuelto hace 230 días con todo y prórroga. El más reciente de esos casos inició el 12 de septiembre de 2023, acumula 133 días hábiles. Debió quedar resuelto hace 83 días hábiles.
Solís Ramírez presenta además inconsistencias en el reporte que proporcionó como parte de la respuesta a la solicitud de información: los recursos RR-1291/2023 y RR-1294/2023 los reporta resueltos 200 días hábiles antes de su inicio, y sobre los recursos RR-703/2023 Y RR-724/2023 señala que se resolvieron el 4 de agosto de 2023, pero no indica cuándo iniciaron.
De acuerdo con su propio reporte, Solís Ramírez resolvió 64 casos dentro el plazo de 30 días marcado por la Ley, 224 en el periodo de prórroga y 122 fuera del periodo legal.
David Menchaca, el caso más antiguo sin resolver
David Manchaca Zúñiga reportó haber atendido 486 recursos de revisión, de los cuales resolvió 407 y dejó pendientes 79. Resolvió 64 casos fuera del plazo legal, a los que se les podrían sumar los 79 sobre los que no reporta fecha de resolución. Habría incumplido la ley en 143 casos.
Manchaca Zúñiga es el comisionado que tiene el recurso de revisión más antiguo sin resolver, el RR-2191/2022-1, junto con otros 78 casos que reporta en la misma situación, de los cuales 56 no tienen fecha de inicio y 23 sí.
Entre los 23 casos con fecha de inicio, el más antiguo es del 7 de diciembre de 2022, por lo que a la fecha (22 de abril de 2024) lleva 298 días hábiles, es decir, debió quedar resuelto hace 248 días con todo y prórroga. El más reciente de esos casos inició el 5 de junio de 2023, acumula 192 días hábiles. Debió quedar resuelto hace 142 días hábiles.
De acuerdo con su propio reporte, Menchaca Zúñiga resolvió 177 casos dentro el plazo de 30 días marcado por la Ley, 166 en el periodo de prórroga y 64 fuera del periodo legal.
Ana Cristina García, ¿la más cumplida?
Ana Cristina García Nales reportó haber atendido 482 recursos de revisión, de los cuales resolvió 437 y dejó pendientes 45. De los casos con resolución, en 52 rebasó el plazo legar para resolver, por lo que podría considerarse que incumplió la ley en 97 recursos de revisión atendidos.
En el caso de García Nales, los 45 casos sin resolver no cuentan con fecha de inicio, lo que podría representar que los casos no fueron admitidos, aunque ninguno de los tres comisionado señala que se trate de esa situación, además de que se indican número de expediente, sin que se tenga claro que su asignación signifique que haya sido admitido.
De acuerdo con su propio reporte, García Nales resolvió 277 casos dentro el plazo de 30 días marcado por la Ley, 108 en el periodo de prórroga y 52 fuera del periodo legal.