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"Versión pública" José Victoriano Martínez Guzmán Marzo 26, 2009.
El gobierno de Marcelo de los Santos ha inaugurado, casi a la par que el sistema Infomex-SLP para facilitar el acceso a la información, un nuevo concepto de versión pública para justificar el ocultamiento de los datos: elabora documentos para responder solicitudes de información sólo con los datos que le conviene dar a conocer. El primer caso se dio con las actas del Comité de Gasto Financiamiento de la Secretaría de Finanzas y ahora se repite con las bitácoras de los vuelos de las aeronaves que posee el gobierno estatal. Una definición de versión pública clara y directa aparece en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (Artículo 4, fracción XX): Un documento en el que se elimina la información clasificada como reservada o confidencial para permitir su acceso. La definición en la Ley de Transparencia local es similar: documento elaborado por el ente obligado que contiene información pública, sin que aparezca la clasificada como reservada o confidencial (Artículo 3o., fracc. XXV). Tal vez en la referencia "documento elaborado" haya encontrado el gobierno estatal el resquicio para su innovador instrumento de opacidad. No obstante, en los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de la Información Pública emitidos por la CEGAIP, esa posibilidad queda eliminada: "En los casos en que un documento o expediente contenga partes o secciones reservadas o confidenciales, la dependencia deberá elaborar una versión pública, testando las partes o secciones clasificadas y señalando aquellas que fueron omitidas", establece el lineamiento Trigésimo Noveno. El "documento elaborado por el ente obligado" es ese: una copia del original en la que se elimina (testa) la información clasificada. La versión pública, en materia de transparencia, es un instrumento que favorece el principio de máxima publicidad de la información al permitir a cualquier persona conocer los documentos tal como los formuló, produjo, procesó, administró, archivó y mantiene bajo resguardo un funcionario público. Los lineamientos que en este sentido emitió la CEGAIP no son tan específicos, pero contienen lo básico. Los lineamientos para la elaboración de versiones públicas, por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal emitidos por el IFAI entran más a detalle sobre este instrumento (las versiones públicas). Si los funcionarios estatales que han inventado el innovador y opaco concepto de versión pública que consiste en elaborar un nuevo documento en el que te digo sólo lo que me conviene, tienen alguna duda sobre la operatividad del concepto manejado en las leyes de transparencia y sus lineamientos, los remitimos a revisar los ejemplos que en la parte final de los Lineamientos del IFAI se presentan y ofrecemos también vínculos a otros ejemplos prácticos: Si de algo sirven las versiones públicas que ha elaborado el gobierno de Marcelo de los Santos sobre las actas del Comité de Gasto Financiamiento y sobre las bitácoras de los vuelos de las aeronaves del gobierno estatal es justamente como ejemplo de la razón por la que se contemplan las verdaderas versiones públicas: evitar que los funcionarios tengan la posibilidad de falsear la información contenida en los documentos originales. En una versión testada de los documentos originales se puede saber cuánta información se ocultó y los motivos y fundamentos para cada uno, además de que se imponen candados para que no se oculte determinada información. Para el caso del estado de San Luis Potosí no se pueden testar en los documentos oficiales los nombres de los funcionarios públicos, sus firmas y toda aquella información que se encuentra catalogada para ser difundida de oficio en los artículos 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de la Ley de Transparencia.
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VISOR DE TRANSPARENCIA 6as Jornadas de Acceso a la Información Pública 2008 Lista obtenida a través de solicitudes de información
Lista obtenida a través de solicitudes de información
Usuarios de Leyes de Transparencia
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