Caso Sandra Sánchez Ruiz: Facturas con efecto diferenciado…

Mientras en el Ayuntamiento de la Capital las facturas elaboradas el 4 de mayo pasado que Ricardo Gallardo Juárez presentó la Auditoría Superior del Estado para justificar las compras de medicamentos a Sandra Sánchez Ruiz realizadas en sus primeros tres meses como alcalde sirvieron para que la ASE borrara las observaciones sobre esas adquisiciones, en Soledad de Graciano Sánchez documentos similares no sirvieron para lo mismo.

De acuerdo con el “Pliego de observaciones correspondientes a la cuenta pública octubre a diciembre de 2015 (Ramo 28)”, 13 facturas presentadas como comprobantes de las compras de medicamentos a Sandra Sánchez Ruiz no le sirvieron a Gilberto Hernández Villafuerte para solventar observaciones iguales a las hechas a Gallardo Juárez.

La causa: “No se desahoga en virtud de que la factura con número de folio ___ no corresponde al periodo auditado, ya que fue emitida en el ejercicio 2016, con fundamento en el artículo 27, fracción XVIII, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta”.

Datos como este son localizables en los Informes Finales de Auditoría presentados ante el Congreso del Estado por la Auditoría Superior del Estado, y que es posible consultar aquí.

El dato de la imagen fue tomado de las páginas 11 a 15 del Pliego de observaciones correspondientes a la cuenta pública octubre a diciembre de 2015 (Ramo 28) correspondiente la auditoría aplicada al ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, que se puede consultar aquí.

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